viernes, 25 de agosto de 2017

La plusvalía como instrumento de justicia social

La plusvalía sobre los bienes inmuebles se define como el incremento en los precios de la tierra que no se deriva del esfuerzo individual o trabajo de su propietario, sino de decisiones administrativas relacionadas al ordenamiento territorial o de inversiones públicas adoptadas o ejecutadas por la administración municipal en nombre del interés general.

La participación en plusvalía grava el mayor valor que adquieren los predios como consecuencia de la acción urbanística  desarrollada por las entidades públicas en la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano, es decir que traslada  parte de ese beneficio representado en el incremento del valor del suelo a la administración municipal como representante de la comunidad para que se invierta en su bienestar financiando la infraestructura y servicios que la hacen posible.

La participación en plusvalía NO es un impuesto, contrario a lo que se suele pensar. En efecto, en un impuesto no se está pagando un servicio específico o retribuyendo una prestación determinada (Restrepo, 2012).



El artículo 74 de la Ley 388 de 1997 establece que se constituyen como hechos generadores de la participación en plusvalía los siguientes:
-       la incorporación de suelo rural a suelo de expansión urbana o la consideración de parte del suelo rural como suburbano,
-       el establecimiento o modificación del régimen de zonificación de usos del suelo,
-       la autorización de un mayor aprovechamiento del suelo en edificación y bien sea elevando el índice de ocupación o el índice de construcción, o ambos a la vez.
-       Cuando se ejecuten obras públicas previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y/o en los instrumentos que lo desarrollen, y no se haya utilizado para su financiación la contribución de valorización.

La participación en plusvalía se causa por el mayor valor que adquiere el inmueble como consecuencia de una decisión administrativa que puede materializarse en cualquiera de los hechos generadores y deberá pagarse por el propietario o poseedor del inmueble, en el momento en que se otorgue licencia de urbanización o construcción, o cuando transfiera el dominio sobre el inmueble.

El recaudo de la plusvalía se adelanta a través de diferentes instrumentos de planeación que contienen decisiones administrativas para desarrollar y complementar el POT como los planes maestros, planes de ordenamiento zonal, y planes parciales para renovación y desarrollo urbano o suelos de expansión urbana.

Al igual que otras ciudades colombianas y latinoamericanas, Neiva afronta grandes desafíos en términos de desigualdad, proliferación de asentamientos informales, déficit habitacional y contaminación de las cuencas hidrográficas, y tiene un gran rezago en la provisión efectiva de servicios básicos e infraestructura.

Debido a estas razones, BID (20016) señala que es de vital importancia colaborar con los gobiernos municipales en el fortalecimiento de las fuentes de recursos tradicionales, así como en la identificación e implementación de mecanismos de financiación poco explorados, como es el caso de la captura de plusvalías, que les permita contar con fuentes alternativas para atender de manera efectiva las demandas básicas de sus ciudadanos.

Varios estudios señalan que, además de los beneficios en términos de las finanzas públicas, la captura de plusvalías también puede ayudar a mejorar la eficiencia económica de las inversiones municipales, contribuir a la equidad social, y servir como herramienta de gestión del crecimiento urbano y de control los precios del suelo; en algunos casos, incluso, podría aumentar el valor de las propiedades por mucho más que sus costos, beneficiando doblemente a los ciudadanos contribuyentes (BID, 2016).

Algunos de esos estudios sostienen que la captura de plusvalías puede desincentivar la expansión suburbana de baja densidad y promover una mayor densidad en las zonas ya construidas, así como controlar la especulación con los precios del suelo. El estudio del BID concluye que la participación de plusvalía es una herramienta que no solamente permite financiar las obras públicas, sino también lograr objetivos de mayor eficiencia económica, equidad social y un desarrollo urbano equilibrado.

Como lo demuestran Bonilla y González (2016), uno de los grandes impactos de la tributación sobre el suelo es que desactiva el factor especulativo, lo que impide que las tierras se acumulen con el único propósito de generar rentas, sin retribuir nada a la sociedad. Si los tributos se diseñan bien es posible aumentar la oferta de tierra, reduciendo su precio y mejorando la productividad (Bonilla y González, 2016: 31).

Maldonado (2003) resalta que la participación en plusvalía se apoya también en el principio civilista que proscribe o rechaza el enriquecimiento sin justa causa del propietario. Afirma que en muchos casos, por un simple cambio en una norma (que es más que eso porque va a implicar un significativo esfuerzo colectivo de movilización de recursos para que un territorio rural, por ejemplo, sea urbanizado y cuente con servicios públicos domiciliarios, equipamientos, espacios colectivos al igual que ocurre cuando algún sector urbano vea incrementadas las posibilidades de aprovechamiento urbanístico – mayor altura, densidad, usos más rentables, etc.), el propietario ve incrementar el valor de su suelo, y cuando se lo apropia en su totalidad sin revertir nada a la colectividad estaría ocurriendo un enriquecimiento sin justa causa en detrimento del patrimonio del Estado y la comunidad (Maldonado, 2003: 4).

Su utilización, más que una prerrogativa, viene a ser un deber para las entidades públicas, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de equidad social, redistribución y solidaridad contemplados en el ordenamiento jurídico (Contraloría de Bogotá, 2013). Es un instrumento que se vincula a los otro cuatro principios centrales de la Ley 388 de 1997, directamente derivados de la Constitución, a saber: la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular, el urbanismo como función pública y la distribución equitativa de las cargas y beneficios públicos derivados generados por la ejecución de obras públicas o por las acciones de planeamiento y puesta en marcha de proyectos para el manejo y defensa del suelo (Barreto, 2001).

En conclusión, como lo reitera Maldonado (2003), la participación en la plusvalía no es otra cosa que una de las responsabilidades que el ordenamiento jurídico asigna a los propietarios de tierra y “es importante para las autoridades públicas, como es el Concejo Municipal, hacerla viable ya que, además de la distribución de cargas y beneficios, la participación en plusvalía constituye la columna vertebral del sistema urbanístico colombiano, que si se aplica en su integridad puede llegar a ser enormemente redistributivo y generador de justicia social” (Maldonado, 2003: 5).

Referencias
Barreto, N., 2001, La plusvalía como contribución especial con fines urbanísticos, Universidad Externado, Revista de Derecho Fiscal. Disponible en: http://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/2666

BID, 2016, El potencial de la captura de plusvalías para la financiación de proyectos urbanos: consideraciones metodológicas y casos. Disponible en: https://publications.iadb.org/bitstream/handle/11319/8095/El-potencial-de-la-captura-de-plusvalias-para-la-financiacion-de-proyectos-urbanos-consideraciones-metodologicas-y-casos-practicos.pdf?sequence=1

Bonilla, C. Y J. González, 2016, Aproximación al Mercado de Tierras en Colombia, Instituto de Estudios Urbanos, Universidad Nacional de Colombia.

Contraloría de Bogotá, 2013, La plusvalía derivada de la acción urbanística: beneficios y resultados. Dirección de Estudios de Economía y Política Pública. Disponible en: https://goo.gl/q4ycUU

Maldonado, M., 2003, Elementos básicos para la aplicación de la participación en plusvalía en Colombia. Disponible en http://www.institutodeestudiosurbanos.info/dmdocuments/cendocieu/1_Docencia/Profesores/Maldonado_Maria_Mercedes/Ineditos/Elementos_Basicos-Maldonado_Mercedes.pdf

Restrepo, J., 2012, Hacienda Pública, Universidad Externado, Novena edición.

viernes, 18 de agosto de 2017

Galán: La decencia es posible

¿Que todos los políticos son iguales? Entonces usted no ha tenido la oportunidad de saber quién fue Luis Carlos Galán.

Luis Carlos Galán (1943-1989)

Este político santandereano hizo soñar a los colombianos con un cambio profundo para modernizar al país y hacerlo más justo. En medio del auge del fenómeno del narcotráfico –que promovió un matrimonio entre mafiosos y políticos tradicionales– Galán se mantuvo con firmeza como baluarte de la honestidad y de nuestros mejores valores.

Sabía que si quería promover realmente un cambio positivo, no podía cohonestar ni transar con las mafias que estaban saqueando y desangrando el país. Con gallardía y magnanimidad se propuso ayudar a superar los odios, fanatismos y prejuicios que las élites tradicionales llevaban infundiendo en el pueblo colombiano desde hacía ya mucho tiempo. Como dice Alonso Salazar, “Gaitán se había propuesto reconciliar a los colombianos y moralizar las costumbres políticas”.

Un amigo suyo señalaba que Galán vivía la política como una posibilidad de redención de los humildes. Por eso entre los objetivos de su programa para Colombia estaba: conquistar e integrar a la vida nacional la totalidad del territorio; acrecentar los recursos materiales y espirituales del pueblo colombiano; reivindicar el derecho de los colombianos a manejar y controlar los recursos naturales; devolver al ser humano su valor como eje de la sociedad; lograr la igualdad básica de oportunidades y derechos entre todos los colombianos y recuperar la dignidad de los poderes del Estado.

Contrario a la mayoría de caciques tradicionales y falsos renovadores de la política  de hoy en día, Galán no apoyó y tampoco aceptó el apoyo de mafiosos o negociantes de la política. “No podemos aceptar el apoyo de personas que no tienen cómo explicar sus fortunas”, le dijo públicamente, nada más y nada menos que a Pablo Escobar, a quien expulsó de su movimiento.

Era un hombre consciente de su responsabilidad histórica. Y la asumió con grandeza y valentía. Sabía que “cuando la juventud se pone de pie en defensa de los ideales de libertad, justicia y fraternidad, siempre la patria ha podido esperar algo grande”. Este abogado y economista disciplinado en sus estudios prometió ser fiel a los ideales del pueblo y luchar por ellos con devoción y sinceridad para trasformar la vida de los oprimidos y rescatar la fe colectiva en un destino superior y trascendente para la nación.

Galán fue uno de esos líderes que predican más con su forma de vida que con las palabras. Su secretaría exaltaba la pulcritud de su jefe; por ejemplo, decía que Galán jamás hizo llamadas de larga distancia nacional o internacional desde el Congreso cuando fue senador. Qué diferencia con la mayoría de miembros de la mal llamada dirigencia que piensan que sus posiciones les dan derecho para burlarse las normas y lograr todo tipo de privilegios para ellos y sus círculos cercanos.


Cuando le preguntaron sobre los riesgos que corría su vida, respondió: “A los hombres los pueden matar, pero a las ideas no. Y al contrario, cuando matan a los hombres las ideas se fortalecen”. Hoy, 28 años después de su magnicidio, esforcémonos en no ser cómplices de la cultura mafiosa y de la política tradicional que mató a Galán, y en ayudar a que sus ideas puedan llegar a transformar nuestro país.

Publicado en https://www.las2orillas.co/galan-la-decencia-posible/

jueves, 20 de julio de 2017

Líderes para salir de la Patria Boba

Casi 200 años de vida republicana y todavía seguimos en la Patria Boba en donde las mismas élites mezquinas de arriba continúan fanatizando y manipulando con prejuicios al pueblo empobrecido de abajo.

Nos seguimos matando y odiando debido a una casta que no ha sido capaz de dignificar e incluir a la mayor parte del pueblo en el relato nacional.

Unas roscas que se han adueñado de millones de hectáreas de tierra, han capturado el Estado con su hambre insaciable o han feriado nuestros recursos naturales y nos ponen a discutir frenéticamente sobre sus pequeñeces que surgen del choques de sus egos.

Espero el día que volvamos a tener líderes que con magnanimidad y grandeza vuelvan a soñar con una Colombia que brinde oportunidades dignas a todos sus habitantes; que en vez de impulsar el odio y la violencia, promuevan la unión de ideales e inciten a la construcción de un país pluralista, que valora la diferencia y la riqueza cultural que tenemos; que en vez de creerse iluminados y de jactarse en el apoyo ciego de las masas, impulsen el sentido crítico, el liderazgo colectivo, la educación emancipadora y el espíritu solidario para llegar a ser una nación que ayude a solucionar los grandes retos que enfrenta la humanidad y el planeta.

Necesitamos líderes que con perseverancia y generosidad nos ayuden ahora a independizarnos de las estratificaciones, dogmas, prejuicios, odios, complejos, hipocresías e injusticias que han permanecido durante todas estas décadas después de que aquel guerrillero venezolano logró la independencia de nuestras repúblicas.

¡Despierta Colombia! ¡despierta!

miércoles, 19 de julio de 2017

Conclusiones del informe sobre el estadio de Neiva

El 19 de agosto de 2016 se desplomó parte de la tribuna occidental que se estaba remodelando del estadio de fútbol Guillermo Plazas Alcid de la ciudad de Neiva, causando la muerte de cuatro obreros e hiriendo a otros diez.

La Administración Municipal abrió un proceso para tratar de declarar el incumplimiento de los contratos de remodelación e interventoría realizados por el anterior alcalde Pedro Suárez y el Consorcio Estadio 2014 (único proponente en la licitación) y el Consorcio Interventoría Estadio 2014, respectivamente.

De igual manera, la actual Administración y Coldeportes decidieron contratar un peritazgo con la empresa Ingeniería Sísmica y Estructural S.A.S., firma especialista en el tema con reconocimiento nacional.

Entre los hallazgos y conclusiones de dicho estudio técnico de más de 1000 folios se presentan, a manera de resumen, las siguientes:

1.     El colapso de la estructura está fundamentado en una ausencia de cuidado y en una actuación negligente. El estudio de ingeniería estructural forénsica permitió establecer con total certeza las causas determinantes del colapso, a saber:
a.     Fallas o deficiencias en el diseño de la cimbra o formaleta de construcción que no guardaba el rigor necesario exigido por la Norma Sismo Resistente.
b.     El armado y configuración de las cimbras en la obra son deficientes y esta no era una situación fortuita o casual si no que era una práctica constructiva común y recurrente del contratista.

2.     El estadio no puede ser usado por el público, a menos que se realice el reforzamiento estructural de la tribuna existente. En el objeto contractual y en los diseños originales aparecía el reforzamiento estructural de la tribuna y en la licencia de construcción se indica: “solamente es posible el reforzamiento estructural de la tribuna occidental y la ampliación de la misma”. Sin embargo, a través del Otrosí modificatorio No. 001 de enero 30 de 2015 se decidió no realizarlo.  Se presentaron también modificaciones estructurales aprobadas por la Interventoría pero ni la Curaduría Urbana Primera de Neiva ni el ingeniero calculista estructural tuvieron conocimiento de la aprobación de dichos cambios.

3.     Tampoco puede ser usado por el público hasta que no se instale y habilite la red contra incendios diseñada. De no hacerse así, se estaría colocando en riesgo a usuarios y público en general. Esta obra también fue eliminada en el Otrosí modificatorio referenciado anteriormente.

4.     En términos de ejecución se concluye que ni con las obras inicialmente contratadas, ni con la adición al contrato, se cumple con el objeto contractual. La licencia urbanística de construcción decía que “solamente es posible el reforzamiento estructural de la tribuna occidental y la ampliación de la misma” y que “se deberán efectuar las demoliciones de tribuna norte y sur y en especial la tribuna oriental, según lo determinado en los resultados de los Estudios de Vulnerabilidad sísmica presentados” (Surge la pregunta de por qué le vendieron a los huilenses la idea de que se iba a remodelar todo el estadio).

                                       Imagen del "estadio FIFA" con que se promocionó la idea

5.     El contratista cobró por las mismas obras dos veces casi $2.500 millones. En las actas parciales Nos. 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13, se descontaron cantidades de obra que fueron incluidas en actas anteriores. El costo total de esas cantidades canceladas y descontadas posteriormente, incluido el A.U., asciende a la suma de dos mil cuatrocientos cincuenta y tres millones setenta y siete mil seiscientos ochenta y siete pesos con 84/100 ($ 2.453.077.687,84). Otras obras se cobraron pero no se ejecutaron.

6.     El contratista incumplió aspectos fundamentales del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). El estudió evidenció la ausencia de las capacitaciones obligatorias de los responsables del SG-SST y de documentos de Licencia en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo para los responsables del trabajo en alturas. En el momento del accidente los obreros no contaban con los respectivos equipos de seguridad.

7.     Algunas obras se hicieron con concreto de menor resistencia al contratado, pero se cobró el mismo precio original que es mucho más elevado. De acuerdo con el diseño estructural, la resistencia a la compresión del concreto de todos los elementos estructurales es de 28 MPa. No obstante, algunas obras fueron contratadas y pagadas con concreto de resistencia de 21 MPa, que es No Conforme con el diseño estructural. De igual forma, la imagen global del concreto a la vista, no satisface al grupo de evaluadores: Interventoría, Supervisión, Contraloría, DNP, etc., por lo tanto el trabajo no debe aceptarse en las condiciones actuales.

8.     Las escaleras son un elemento “No Conforme”, siendo vital en el funcionamiento del Estadio GPA, por cuanto es el mecanismo de evacuación del mismo. Ante un evento sísmico se produciría golpeteo entre dichas estructuras, afectando su comportamiento estructural, acabados y podría generar pánico entre los asistentes al Estadio

                                              El colapso se debió a negligencia 

9.     Se encontraron No Conformidades en los concretos a la vista, mampostería, placas de entrepiso y de pavimento y muros de contención, entre otras. Existen obras de acabados ejecutadas en la Zona 1 (camerinos principales), sin haberse realizado el reforzamiento estructural requerido para esta zona. Las losas exteriores en concreto de la rampa de acceso vehicular presentan hundimientos, fisuras y fracturas generalizadas; adicionalmente, el muro de contención está desplomado y fracturado, representando un inminente riesgo de colapso La mampostería contratada como ladrillo prensado liviano a la vista por sus características, es No conforme.

10.  Se recomienda contar con otra consultoría para ver qué se debe hacer con el estadio; es decir, una consultoría que identifique, determine y cuantifique las acciones y los costos requeridos para obtener un estadio en condiciones de operatividad de acuerdo con la normatividad FIFA, para la cual la seguridad de los usuarios es un requisito fundamental.

El informe del estudio fue entregado el pasado 16 de junio a las partes. El contratista y el interventor tenían tres días para presentar objeciones al dictamen pericial, pero al parecer no presentaron ninguna.


Las conclusiones de este estudio técnico son claras y contundentes. Ahora los hinchas del Atlético Huila y los huilenses en general esperamos que los entes de control y, especialmente, la Fiscalía cumplan su labor de determinar las responsabilidades en este suceso trágico para evitar que la corrupción nos meta otro gol.

Publicado en Las2Orillas: https://www.las2orillas.co/diez-conclusiones-del-informe-estadio-neiva/